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TITULO XI:
Reglas Internas de Transito y de Estacionamiento
ARTICULO SEXAGESIMO CUARTO.-
Todos los asociados, los miembros de sus familias y los visitantes deben
cumplir lo siguiente:
a) La velocidad máxima de tránsito en
todas las calles y vías de "Las Urbanizaciones" es
30 Km. p/hora (treinta kilómetros por hora), en vista de la falta
de veredas en sus pistas y el peligro que corren los transeúntes
debido a dicha carencia. Por consiguiente, se instalan dispositivos
para procurar que no se exceda esta velocidad.
b) El tránsito vehicular debe respetar estrictamente las marcas
de separación de pistas y la señal de "PARE"
en las intersecciones. El uso de claxon o bocina es únicamente
para emergencias.
c) Está estrictamente prohibido el estacionamiento simultáneo
de vehículos en ambos lados de las calles. En caso de reuniones
numerosas, el asociado debe solicitar a la Gerencia el personal de vigilancia
que esté disponible para garantizar el cumplimiento de esta disposición,
debiendo asumir directamente el pago de sus servicios.
d) Siendo las calzadas vías públicas y no disponiendo
"Las Urbanizaciones" de veredas peatonales, para evitar accidentes
de tránsito, queda prohibido el uso de la calle como lugar de
estacionamiento por tiempo prolongado de vehículos. Las infracciones
son reportadas por la Gerencia a Serenazgo/Policía.
e) La Gerencia de la Asociación debe reportar necesariamente
a Serenazgo y/o a la Policía los excesos reiterados de velocidad
y cualquier accidente de tránsito ocurrido dentro del perímetro
de "Las Urbanizaciones" que ocasionen daños materiales
a los asociados que no estén en la posibilidad de tomar conocimiento
inmediato de lo ocurrido. En ningún caso la Asociación
asume responsabilidad por los daños personales o materiales que
se hubieran producido.
ARTICULO SEXAGESIMO QUINTO.-
Para cautelar la salud de los residentes, se debe cumplir las siguientes
normas:
a) Los asociados están obligados a plantar
cercos vivos y césped en los retiros frontales de sus respectivos
lotes sin construir y a regarlos, podarlos y en general a mantenerlos
en buen estado, bajo su responsabilidad.
En caso de incumplimiento, lo hace la Asociación por cuenta del
propietario, servicio por el cual se cobra conjuntamente con el recibo
mensual de asociado. La limpieza y el ornato de los jardines en el frente
externo de los predios construidos son responsabilidad exclusiva de
los residentes. Para armonizar con el resto de "Las Urbanizaciones",
estos jardines deben ser cuidados con esmero.
b) Con el propósito de que todos los asociados vivan en armonía
y tengan una vida más grata, más sana y más segura
en "Las Urbanizaciones", todos deben minimizar o de ser posible
evitar: reiterados ruidos molestos (grupos electrógenos u otras
maquinarias); gritos; frecuente música estridente etc.; humo
o gases desagradables, malolientes y dañinos (quema de basura
o malezas, etc.). En caso contrario y reiterado, la Asociación
informa tales hechos a la Municipalidad de Santiago de Surco para que
asuma las acciones establecidas por las normas legales y municipales.
Asimismo, deben abstenerse de cualquier actitud y/o acción que
pueda atentar contra la privacidad y el bienestar del resto de los moradores.
c) La basura debe ser sacada de la propiedad de cada asociado en basureros
o bolsas plásticas a la hora resultante de la poda normal que
pase el camión de recojo de la Municipalidad.
d) La maleza de plantas y césped es transportada a los lugares
asignados por la Asociación para su recojo por los camiones respectivos;
pero se velará estrictamente que no se bote basura junto con
la maleza. En caso de producirse podas extraordinarias, los vecinos
deben contratar por su cuenta el retiro.
e) Los asociados deben en todo momento dispensar un trato correcto a
los servidores de la ACM y en caso de tener algún problema con
alguno de ellos, ponen el hecho en conocimiento de la Gerencia, para
que ésta resuelva. Alternativa o adicionalmente, podrán
presentar los hechos y sugerencias al Director de Seguridad y/o al Gerente,
o a cualquier otro miembro del Consejo Directivo.
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